Por otro lado, los intereses remuneratorios aplicados a este contrato han sido: respecto de las compras, un interés nominal anual del 22,29% (T.A.E. 24,71%); respecto de disposiciones de efectivo a crédito y transferencias de efectivo, un interés nominal anual del 24% (T.A.E. 26,82%).
Tales intereses remuneratorios pueden calificarse, sin ningún tipo de matización, de verdaderamente leoninos y usurarios. Puesto que se trata de intereses meramente remuneratorios, y no moratorios, la aplicación de esos porcentajes para determinar el tipo aplicable en la devolución del capital prestado […] es a todas luces abusivo y desproporcionado.
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http://infamiafinanciera.wordpress.com/2012/04/01/sentencia-contra-citibank-estimando-a-todas-luces-leoninos-usurarios-abusivos-y-desproporcionados-los-intereses-del-22-26/
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