En Asturias hay decenas de trabajadores y sindicalistas denunciados en los juzgados de lo penal por la policía y la guardia civil. La defensa de sus derechos como trabajadores se ha encontrado con la aplicación, por parte de ciertos jueces y fiscales, del código penal, y más concretamente el punto 3 del artículo 315 del mismo.
La legislación española sobre el derecho a huelga no se ajusta a los criterios del Comité de Libertad Sindical de la OIT, en particular en lo relativo al derecho de huelga de los trabajadores de toda una serie de servicios, como el transporte. Estas limitaciones provienen de normativas impuestas por gobiernos antidemocráticos del pasado de nuestro país y han sido mantenidas por el ordenamiento jurídico actual.
La aplicación del artículo 315-3 del Código Penal y la Ley de Partidos y contra el Terrorismo se están utilizando para restringir las libertades sindicales contra aquellos que sólo ejercen la lucha por defender sus puestos de trabajo y que según la Constitución Española es un derecho fundamental, en vez de ser una ley que supuestamente nos iban a defender.
Esta aplicación, por parte de algunos jueces y fiscales, del artículo 315-3 pretende a la vez una clase trabajadora que no proteste ante la presión de una patronal que pretende eliminar o vaciar de contenido incluso derechos sindicales y en particular el de huelga hoy reconocidos.
La diferente vara de medir que, en ocasiones, se aplica cuando un trabajador defiende su puesto de trabajo y sus derechos o cuando el empresario incumple la normativa vigente, como en el caso de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (estamos a la cabecera de Europa en muertes por accidente laboral), indica que el ordenamiento jurídico actual necesita de mejoras que favorezcan a los más débiles.
Pensamos que es necesario detener la escalada de procesos contra sindicalistas y trabajadores por lo que es fundamental que como trabajadores nos manifestemos ante la incursión del Derecho Penal en aquellas situaciones en donde se defiendan los derechos de los trabajadores, derechos que han sido conquistados con mucho esfuerzo.
Los casos de represión por luchas sindicales en NAVAL GIJÓN, THYSSEN AIRPORT, MINA LA CAMOCHA, ASTILLERO JULIANA, MINA JOVESA…etc pueden no ser los únicos. 
 
Por ello EXIGIMOS:
- Anulación de todos los procesos penales a trabajadores y sindicalistas a los que se les ha aplicado el código penal cuando defendían sus derechos como trabajadores.
- Derogación de los artículos del Código Penal que criminalizan la actividad sindical y la movilización social.
- Derogación del punto 3 del artículo 315 del Código Penal que criminaliza los piquetes y la propaganda de la huelga con penas de 3 años de cárcel.
- Derogación de la Ley de Partidos y Terrorismo en aquellos puntos que puedan ser usados contra trabajadores, sindicalistas y ciudadanos cuando defienden sus derechos laborales y sociales.
TODOS A LA MANIFESTACIÓN EL MARTES 22 DE ENERO A LAS 7:30H TARDE EN LA PLAZA DEL HUMEDAL XIXÓN
¡CONTRA LA REPRESIÓN Y POR LAS LIBERTADES!
CONVOCAN  CCOO, USO, CGT, SUATEA, CNT Y CSI



#1
21-01-2008 17:05
Madre santa, en vez de publicitar la propaganda de la Plataforma publicitais la de los sindicatos, asi nos va.
En cualquier caso, pese a los sindicatos, todas a la mani al cortejo de la Plataforma
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#2.- un roju de verda
hasta los mismos de tanto hipocrita|21-01-2008 22:48
mañana a la TOD@S mani .
Despues ya hablaremos de como CCOO Y OTROS acepten la ley de partidos y el oportunismo del A-CEBA , por supuesto de la represión en EusKadia nio hablan
Pero eso mañana, ahora a por Trevin y el PRI$OE
Saud y República 
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#3
21-01-2008 23:05
Estado Español - Agenda - Guerra / Criminalización / Represión - Laboral / Economía   Martes 22 Xineru. Xornada contra la represión y poles llibertaes: Xuiciu a independentistes y manifestación en Xixón
Glayiu (Glayiu) [21.01.2008 23:04] - 1 lecturas - 0 comentarios Artículo/noticia publicado/a en Kaosenlared.net en el apartado de Libre Publicación NO seleccionada por el Kolectivo Editorial
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