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Sancionan a Vinibasa con 20.000 euros por infracción grave
Es fácil comprobar que las denuncias efectuadas por la Plataforma eran ciertas en todos sus extremos y que el Ayuntamientode Almendralejo ha estado mintiendo a los ciudadanos
Plataforma contra la contaminación de Almendralejo | Para Kaos en la Red | 1-12-2008 a las 19:48 | 552 lecturas | 3 comentarios
www.kaosenlared.net/noticia/sancionan-vinibasa-20.000-euros-infraccion-grave

La asesoría Jurídica de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental ha comunicado a la Plataforma, en respuesta a una solicitud de información sobre el estado del expediente sancionador iniciado en enero de 2008 por infracción grave a la Ley de residuos, que “Una vez finalizada la instrucción, el expediente sancionador se encuentra en la fase de propuesta de Resolución, imponiéndole una sanción económica a alcoholera Vinibasa de 20.000 euros…”

La Plataforma solicita a la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental que, de acuerdo con lo establecido en el Art. 35. b) de la Ley 10/1998, de Residuos, se proceda a paralizar la actividad que ha dado lugar a esta sanción y que en este momento se ha reanudado. De no hacerse así, una vez que tienen conocimiento de que se está realizado de forma ilegal, la Dirección General podría incurrir en responsabilidades legales por omisión de su obligación de hacer cumplir la normativa vigente.

El SEPRONA (Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil) detectó varias irregularidades en la industria Vinibasa en la visita que realizó para comprobar la denuncia que la Plataforma había presentado en octubre de 2007. Como resultado de esta inspección el SEPRONA remitió una denuncia a Confederación Hidrográfica del Guadiana, otra a la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, una más a la Dirección de Explotaciones Agrarias y una última a la Dirección de Ordenación Industrial, todas de la Junta de Extremadura.

La denuncia a la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) fue por una infracción a la Ley de Aguas. La CHG hasta la fecha sólo ha comunicado a la Plataforma su falta de personal, hecho que en ningún caso justifica que no se hayan tomado las medidas necesarias para depurar las responsabilidades en las que haya podido incurrir la industria, así como a impedir que se estén poniendo en peligro las aguas subterráneas.

La denuncia a la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (Sección de Residuos no Peligrosos de la Junta de Extremadura) por infracción a la Ley de Residuos es la que ha dado lugar a esta propuesta de sanción.

La denuncia a la Dirección General de Explotaciones Agrarias de la Junta de Extremadura por una infracción al Real Decreto 1310/1990, que regula la utilización de los lodos de depuradora en el sector agrario, tuvo como sorprendente respuesta que “no ha incoado expediente sancionador” aludiendo a que la “empresa agraria que estaría utilizando los lodos depurados y tratados por Vinibasa se encuentra en Andalucía”. Al parecer las empresas que quieran incumplir la normativa vigente lo único que tienen que alegar es que la empresa que trata los residuos es de fuera de la comunidad autónoma. El argumento es de tal debilidad jurídica que por pudor la administración no debería recurrir a él para justificar lo injustificable, amén de abrir la puerta para que las empresas extremeñas generen puestos de trabajo fuera de la región.

La última denuncia del SEPRONA remitida al Director General de Ordenación Industrial por infracción la Ley 38/1972 de Protección del Ambiente Atmosférico, está basada en la reforma efectuada por la industria para la ampliación y modificación de las instalaciones de almacenamiento de alcohol, sustancia considerada como muy peligrosa y por ello sujeta a legislación propia. La Dirección General de Ordenación Industrial, Energética y Minas ha denegado la información sobre el estado del expediente que es de suponer se ha debido iniciar, aludiendo a que la Plataforma “no se puede considerar como persona interesada”. La Plataforma ha iniciado el procedimiento administrativo para que dicha resolución sea anulada vía judicial y así poder acceder a la información.

Es fácil comprobar por el relato de los hechos, que las denuncias efectuadas por la Plataforma eran ciertas en todos sus extremos y que el Ayuntamiento ha estado mintiendo a los ciudadanos cuando ha afirmado reiteradamente que la industria cumplía con todo lo establecido en la legislación vigente. La Plataforma está convencida de que la emisión de dioxinas por la chimenea de Vinibasa está perjudicando en gran medida la salud de los ciudadanos, aunque es consciente de que nunca lo podrá probar científicamente.

Por último, los miembros de la Plataforma continuarán luchando para llegar a descubrir qué razones son las que llevan a parte de la administración no solo a mirar para otro lado en caso de fragrantes infracciones administrativas, si no a intentar criminalizar a los ciudadanos que exigen que estas actividades cesen de forma inmediata.

01 de diciembre de 2008

Plataforma Contra la Contaminación de Almendralejo

 
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Comentarios (3)

#1

01-12-2008 20:01

Esto es como una refinería, pero con mucho menor impacto.

Valoración: 1    |  Avisar provocación

#2

13|01-12-2008 20:06

Enhorabuena a los de la Plataforma por su constancia en la defensa de la salud de los ciudadanos de Almendralejo.

Valoración: 1    |  Avisar provocación

#3

03-12-2008 20:25

Sois un ejemplo de compromiso social y responsabilidad ciudadana. ¿Por qué no podemos decir lo mismo de la administración autonómica y de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de Eduardo Alvarado? ¿Para qué nos sirven si no cumplen con su cometido?

Enhorabuena y mil GRACIAS

Valoración: 0    |  Avisar provocación

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