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Guerra / Criminalización / Represión - Iberia de El Prat en lucha - Laboral / Economía - Països Catalans - Solidaridad versión imprimir Enviar esta noticia a un amig@ Convertir a PDF Noticia Anterior Noticia Siguiente
Declaradas improcedentes las sanciones impuestas a los acusados de invadir las pistas de El Prat
La mayoría de ellos fueron sancionados por Iberia con 45 días de suspensión de empleo y sueldo, mientras que el resto lo fue con 60. El suceso ocurrió el 28 de julio de 2006 en el aeropuerto barcelonés.
Kaos. Laboral y Economía (agencias) [28.01.2008 21:14] - 367 lecturas - 4 comentarios

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Declaradas improcedentes las sanciones impuestas a los acusados de invadir las pistas de El Prat

La mayoría de ellos fueron sancionados por Iberia con 45 días de suspensión de empleo y sueldo, mientras que el resto lo fue con 60. El suceso ocurrió el 28 de julio de 2006 en el aeropuerto barcelonés.

La titular del juzgado de lo Social número 13 de Barcelona ha declarado "improcedentes" las sanciones de empleo y sueldo que impuso Iberia a 21 trabajadores por abandono de sus puestos de trabajo, y por participar en la invasión de las pistas del aeropuerto barcelonés el 28 de julio de 2006.  En su fallo, la juez considera que las pruebas aportadas por la empresa, entre ellas un vídeo de Antena 3, no acreditan que los trabajadores participaran en la invasión de las pistas a raíz de un conflicto laboral en el aeropuerto barcelonés.  El único documento probatorio, dice el fallo judicial, presentado por la empresa era el vídeo (de Antena 3), pero no aportó como testigo al que lo elaboró "para que reconozca las circunstancias y el lugar donde se tomaron las imágenes".

Añade el fallo que la prueba pericial de estudios fisonómicos solo encuentra similitudes con algunos de los trabajadores y que varios de ellos no han sido reconocidos en las imágenes. 

Antena 3 tomó las imágenes de la invasión incumpliendo las normas

Aclara la juez en su fallo que Antena 3 tomó las imágenes de la invasión de las pistas del aeropuerto barcelonés incumpliendo las normas impuestas por AENA y similares a las que rigen en todos los aeropuertos del mundo y sin la preceptiva autorización por parte de las autoridades del aeropuerto.

Los trabajadores, ateniéndose a estas circunstancias, trataron de que el vídeo no constara como prueba pero finalmente fue admitida por la juez, aunque en su fallo indica que una vez establecida la irrelevancia de la prueba (el vídeo), "no produce a efecto alguno en entrar a valorar la alegación de la parte actora".

El único trabajador que fue reconocido en las imágenes del vídeo fue un miembro del comité de empresa, pero no se ha podido demostrar en qué lugar del aeropuerto se encontraba.

La mayoría de los trabajadores fueron sancionados por Iberia con 45 días de suspensión de empleo y sueldo, mientras que el resto lo fue con 60 días de empleo y sueldo. 



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Manel Márquez (Kaosenlared) [29.07.2006 11:47]


FELICIDADES A LOS TRABAJADORES /AS

DEL AEROPUERTO DEL PRAT
QUIEN LUCHA NO PIERDE !!

KAOSENLARED !!    UNIDAD ANTICAPITALISTA





Hay 4 comentarios de los comentarios de esta noticia
#2 magnífica noticia
teófanes [2008-01-28 23:25:44]

Valora el comentario: [7]

Es una magnífica noticia... especialmente teniendo en cuenta que contra esta sentencia no cabe recurso!

Felicitaciones a los trabajadores de Iberia y a los abogados del  Colectivo Ronda que han llevado el caso...


 
#3
descojonado [2008-01-29 08:14:50]

Valora el comentario: [4]

No es frecuente que ocurran estas cosas. Por ello, ¡enhorabuena a los trabajadores de Iberia! Y a la dirección de Iberia, también: haan enseñado el camino a seguir.
 
#4 por fin
taj [2008-01-29 12:49:35]

Valora el comentario: [2]

Por fin unos "simples" trabajadores derrotan a la "unica y topopoderosa" empresa Iberia!!!!!!!


 
#5 JUSTICIA:
ANTONIO MAYANS MOREY [2008-03-24 11:13:18]

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  En este caso se ha hecho JUSTICIA.-
 

Hay 4 comentarios de los comentarios de esta noticia


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