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Carta a la Consejera de Educación de Extremadura

POR UNA SOCIEDAD LAICA / POR UNA ESCUELA LAICA‏
Asociación Extremeña por la Laicidad | Para Kaos en la Red | 3-7-2008 | 278 lecturas | 1 comentario
www.kaosenlared.net/noticia/carta-consejera-educacion-extremadura

Sra. Consejera de Educación de Extremadura:

Habiendo leído el Decreto (115/2008 de 6 de junio) por el que se estable el currículo de Bachillerato en Extremadura (D) denunciamos, por no atenerse a la Constitución, lo siguiente:

En la Disposición Adicional segunda (enseñanza de religión) punto 2, dice así:

"La Consejería competente en materia de educación establecerá el procedimiento para que, al inicio del curso, los alumnos mayores de edad y los padres o tutores de los alumnos menores de edad puedan manifestar su voluntad de recibir o no recibir enseñanzas de religión."

Denunciamos este apartado porque obliga a declarar sobre la religión, a los padres…, en contra del articulo 16.2. de la Constitución española que dice: "Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.".

También en el artículo 10.2. la Constitución española reconoce que estos derechos fundamentales se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos…, ratificados por España.

En su artículo 18, la Declaración Universal de 1948 dice:

"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia."

Queda claro que toda persona, ejerciendo su derecho, es libre de manifestar su religión o su creencia y por tanto no puede ser obligada a marcar ninguna casilla para optar o no por la enseñanza de religión.

La religión es una materia optativa y sólo tienen que manifestar su voluntad de recibir dicha enseñanza aquellos que lo deseen y no obligarles a hacerlo público en un documento en contra de su voluntad.

Aquel que no quiera recibir enseñanzas de religión no tiene que hacer nada, nada de nada, (sólo tiene que manifestarlo quien lo desee) y mucho menos tener que decir que no, de ninguna manera.

Todo lo anterior vale para el punto 12.2. de la Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura (P) que dice:

"Al inicio del curso, los padres o tutores o el alumnado que sea mayor de edad harán constar en el impreso de matrícula su voluntad de recibir o no enseñanzas de religión".

En este párrafo han sido ustedes más categóricos, no dejando lugar a dudas la conculcación de los derechos constitucionales anteriormente mencionados.

Por tanto, en principio, sobra: "o no recibir" (en D) y "o no" (en P). La forma de manifestar la voluntad de recibir enseñanzas de religión no tiene por qué ser la de marcar una casilla en un documento oficial.

Prueba de ello (de estos polvos… ) lo tenemos en el IMPRESO DE MATRÍCULA OFICIAL, de bachillerato, del IES "Universidad Laboral" que tiene impreso lo siguiente:

MARCA UNA OPCIÓN:

Deseo cursar Religión,

No deseo cursar Religión

Exigimos que rectifiquen el Decreto y la Propuesta y que retiren todos los impresos de matrícula oficial de los Centros que incumplan la Carta Magna.

Cáceres, miércoles 2 de julio de 2008

ASOCIACIÓN EXTREMEÑA POR LA LAICIDAD Y LA LIBERTAD DE CONCIENCIA

¡Ni un paso atrás

POR UNA SOCIEDAD LAICA / POR UNA ESCUELA LAICA

PADRES Y MADRES

Cuando matricules a tu hija o hijo en el colegio o instituto (público o concertado)

NO OLVIDES QUE:

Tienes DERECHO a que tus hijas o hijos NO ASISTAN A CLASE DE RELIGIÓN (católica, evangelista, judía o musulmana,) y a que todo su tiempo lectivo sea utilizado para desarrollar el currículo general. Por lo tanto, NADIE debe ser DISCRIMINADO en función de la voluntad que tenga una parte del alumnado de asistir a religión.

El deseo de unos, NO puede atentar contra la libertad y los derechos de otros.

NO tienes la obligación de contestar "SÍ" o "NO" a la hoja que el centro os presente sobre si queréis que vuestro hijo o hija reciba clase de religión. NO es constitucional tener que declarar, en documento público, sobre la ideología, la religión o las creencias. (Artículo 16.2 de la Constitución). (En todo caso el padre o la madre que quiera, puede hacer llegar a la escuela, el deseo de que su hijo o hija asista a clases de religión, sin que haya necesidad de preguntar al conjunto de las familias) Aunque hayas inscrito a tus hijos o hijas en religión, en cualquier momento del curso puedes cambiar de opción.

ESTUDIANTES

Tienes derecho a recibir una educación democrática, humanista y científica, que fomente el espíritu crítico, que tenga en cuenta la diversidad y eduque en la convivencia, que te enseñe a pensar y que defienda la libertad de conciencia. Evita que se os separe y discrimine formando grupos, en función de creencias religiosas.

PROFESORADO

Trabaja para que el alumnado adquiera una amplia cultura, y conozca la historia y las aportaciones artísticas, culturales y sociales de las religiones y de otras convicciones morales y filosóficas, pero dentro de las áreas de las ciencias sociales, de la historia o de la filosofía. Para ello NO es necesaria que la religión esté en la escuela.

A toda la comunidad educativa

La escuela no es el lugar adecuado para difundir la doctrina religiosa, sus códigos, rituales y libros sagrados. La asignatura de religión es una forma de catequesis que difunde una fe y un proyecto evangelizador, muchas veces en contra de los derechos fundamentales, de la normativa legal y de hechos demostrados científicamente (igualdad de género, relaciones afectivo-sexuales, prevención de enfermedades, etc.)

Si existe simbología religiosa en tu centro educativo, exige su retirada, ya que, en todo caso, representa sólo a una parte de la sociedad y no a toda.

Promueve, en tu centro, un proyecto educativo laico, que propicie los valores universales comunes a todas las personas.

Explica que la religión interrumpe el funcionamiento común e integral del horario lectivo e impide que ese tiempo se dedique a desarrollar otro tipo de áreas y aprendizajes. Con la normativa actual, la religión ocupa una media de 945 horas en el conjunto de las etapas Infantil y Primaria y de 45O horas en la ESO, carga horaria superior a la de materias tan importantes como la educación física o la edu cación artística.

SI TIENES ALGÚN PROBLEMA EN APLICAR LO QUE AQUÍ SE DICE COMUNÍCANOSLO Y NOS

ENCARGAREMOS DE DENUNCIARLO A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS Y EN LOS MEDIOS.

http://users6.nofeehost.com/cacereslaica/porunaescuelalaica8esp.html#derechos

ASOCIACIÓN EXTREMEÑA POR LA LAICIDAD Y LA LIBERTAD DE CONCIENCIA

¡Ni un paso atrás!

http://cacereslaica.wordpress.com/

 
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Comentarios (1)

#1

03-07-2008 19:29

Imágenes de la manifestación en Madrid el 30 de junio por el derecho a la apostasía
http://www.rojoynegro.info/2004/spip.php?article23067

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